KIWA – IVAC amplía sus servicios a la Verificación (auditoría) del Estado de Información No Financiera introducido por la Ley 11/2018, de 28 de diciembre, por la que se modifica el Código de Comercio, el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, en materia de información no financiera y diversidad para adaptar la legislación española a la Directiva 2014/95/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo que respecta a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos.
Están obligadas a presentar el EINF
Sociedades consideradas Entidades de Interés Público según articulo 15 del Real Decreto 1517/2011, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de Auditoría de Cuentas.
Sociedades en las que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a 500 y además durante dos ejercicios consecutivos reúnan, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:
- Que el total de las partidas del activo sea superior a 20.000.000 euros.
- Que el importe neto de su cifra anual de negocios supere los 40.000.000 euros.
- Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio sea superior a doscientos cincuenta.
La elaboración del EINF implica a casi la totalidad de departamentos de la empresa, debiendo aportarse la siguiente información sobre la sociedad y el grupo:
- Una breve descripción del modelo de negocio del grupo, incluyendo a su entorno, su organización y estructura, los mercados en los que opera, sus objetivos y estrategias, y los principales factores y tendencias que pueden afectar a su futura evolución.
- Una descripción de las políticas que aplica el grupo respecto a dichas cuestiones (identificación, evaluación, prevención y atenuación de riesgos e impactos significativos y de verificación y control, incluyendo qué medidas se han adoptado).
- Los resultados de esas políticas.
- Los principales riesgos relacionados con esas cuestiones vinculados a las actividades del grupo: relaciones comerciales, productos o servicios que puedan tener efectos negativos en esos ámbitos, y gestiona dichos riesgos.
- Indicadores clave de resultados no financieros que sean pertinentes respecto a la actividad empresarial concreta.
- Información social.
- Información medioambiental.
- Información sobre derechos humanos.
- Información relativa a la lucha contra la corrupción y soborno.
Con el EINF se pretende
- Medir, supervisar y gestionar el rendimiento y el impacto que los riesgos comportan para la sociedad o grupo;
- Aumentar la sostenibilidad y la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general; y
- Prevenir, mitigar y/o atenuar los riesgos no financieros identificados, no sólo en la propia empresa o grupo, sino también en sus cadenas de suministro y subcontratación.
La presentación del EINF, de puede realizar de dos modos
- Formando parte del propio informe de gestión.
- En documento separado. En este caso, tanto en el informe de gestión, como en el “documento” separado, se hará mención expresa que dicha información forma parte del informe de gestión.
Descarga el Impreso CE-01-01-29 Solicitud Cert. EINF documento aquí.
Ha de ser firmado por los administradores, quienes responderán de su veracidad. Si faltara la firma de alguno de ellos, se indicará la causa.
Los administradores de la sociedad deberán formular el EINF en el plazo de 3 meses contados a partir del cierre del ejercicio social.
Será presentado para su aprobación por parte de la Junta General de socios como un punto separado del orden del día para someterlo a su aprobación.
Su ausencia puede acarrear la no inscripción de las Cuentas Anuales en el registro mercantil.